CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO

En la ciudad de Silao de la Victoria, Gto. a  5 de  Abril de 2019 , los que patrón, que en lo sucesivo se denominara "el patrón", y, por la otra, el señor Cynthia Mandujano Garcia por su propio derecho, como el trabajador, que mas adelante se le denominara "el trabajador", hacemos constar convenido en celebrar un contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado, bajo las siguientes clausulas:

CLAUSULAS

Primera.  Para los efectos del articulo________ de la Ley Federal del Trabajo, el señor Cynthia Mandujano Garecia declara que su representada sociedad es una sociedad mexicana dedicada a Procesar mermelada con domicilio en San Diego el Grande y que acredita su personalidad con Mermediatics  
El trabajador declara:

Llamarce Leslie Macias Anaya edad 15 estado civil soltera nacionalidad mexicana y con domicilio en Vallejos.  

Segunda. Este contrato se celebra por tiempo determinado de 3 meses (90 días) con vencimiento en la fecha del 5 de julio 2019  en virtud que el trabajador sustituirá durante ese tiempo al señor Natividad Gracia Mendoza con motivo de capacitación al extranjero de este, en la prestación de los servicios consistentes en

Tercera. El trabajador se obliga a prestar los servicios personales que se especifican en la clausula anterior, subordinado jurídicamente al patrón, con esmero y eficiencia, en las oficinas (o talleres)del patrón, y en cualquier lugar de esta ciudad donde el patrón desempeñe actividades.

Queda expresamente convenido que el trabajador acatara en el desempeño de su trabajo todas las disposiciones del Reglamento Interior de Trabajo, todas las ordenes, circulares y disposiciones que dicte el patrón y todos los ordenamientos legales que se le sean aplicables.


Cuarta. La duración de jornada sera de 8 horas diarias  de lunes a viernes con el siguiente horario: por lo que constituye una jornada de

Quinta. Cuando por circunstancias extraordinarias se aumente la jornada de trabajo, los servicios prestados durante el tiempo excedente se consideran extraordinarios y se pagaran a razón del cierto por ciento mas del salario establecido del salario normal.
Tales servicios nunca podrán exceder de tres horas diaria ni de tres veces en una semana, en la inteligencia de que el trabajador no esta autorizada para laboren tiempo extraordinario, salvo que haya orden expresa y por escrito el representante del patrón y en caso que se excedan las horas posteriores se pagaran triples de acuerdo con al articulo LFT- NO.-67 y 68---------.

Sexta. el trabajador esta obligado a checar su tarjeta o firmar la lista de asistencias, a la entrada y salidas de sus labores,por lo que e incumplimiento de ese requisito indicara la falta injustificada a sus
labores, para todos los efectos legales ademas cumplirá con la función de ayudante de cocina y las tareas de de las 7 a 7:10  checar entrada, 7:10 a 7;30 lavado de manos, ponerse cofia, bata  y zapatos de seguridad, 7:30 7:45 recoger las materias primas del almacén como son: fruta, azúcar, petrina, cítrico, colorantes naturales, tapas, frascos, etiquetas y cajas para empaque, 7:45 a 8 lavado y desinfectado de fruta, de 8 a 10 esterilización de frascos y secado de los mismos, de las 10 a la 10:30 hora de refrigerio en el comedor, de las 10:30 a las 2 ayudar al cocinero al cocinero a la elaboración de la mermelada, de las 2 a 2:45 lavado de las materiales de producción como son: hoyas, cuchillos, estufa y mesas ( todo lo necesario para la elaboración de la mermelada), de las 2:45 a la 3 lavado de bata y guardar en los loquer junto con los zapatos y a las 3 checar salida.

Séptima.  El trabajador percibirá, por la prestación de los servicios a que se refiere este contrato, un salario de $500.00 (quinientos pesos) pesos diarios, al cual se le aplicara la parte proporcional correspondiente al descanso semanal, conforme a lo dispuesto en el articulo 69 de la Ley Federal del Trabajo, El salario se le cubrirá los Sabados de cada semana laboral vencida, en moned de curso legal y en las oficinas del patrón, estará obligado el trabajador a firmar las constancias de pago respectivas, teniendo en cuenta los artículos de dicha Ley.


Octava. Por cada _____________ días de trabajo tendrá un descanso semanal de un día el día domingo con pago de salario integro, conviniendose en que dicho descanso lo disfrutará el __________ de cada semana. También disfrutará de los días de descanso obligatorio con pago de salario integro, que caigan dentro de la temporalidad de este contrato.

Novena. El trabajador percibira por concepto de vacaciones una remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestados, con una prima del veinticinco por ciento sobre los salarios correspondientes a las mismas, teniendo en cuenta el término de la relación de trabajo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos _________ de la Ley Federal del Trabajo.
También percibira, con base en un aguinaldo anual fijado en el equivalente a ___________ días de salario, la parte proporcional al tiempo trabajado, conforme al párrafo segundo del artículo 87 de la Ley Laboral.

Décima. En caso de faltas injustificadas de asistencia al trabajo se podrán deducir fichas del periodo de prestación de servicios computables para fijar las vacaciones, reduciéndose estás proporcionalmente.

Décima primera. El trabajador conviene en semestre a los reconocimientos médicos que periódicamente ordene al patrón en los términos del artículo _____ de la Ley Federal del Trabajo, en la inteligencia de que un medicm que los practique será designado y retribuido por el patrón.

Décima segunda. El trabajador será capacitado o adiestrado en los tertérmi de los planes y programas establecidos (o que se establezcan), por el patrón, con forme a lo dispuesto en el capítulo III Bis, Título Cuarto de la Ley Federal del Trabajo.

Décima tercera. Ambas partes convienen en que el vencimiento del término espatulado, este contrato quedará terminado automáticamente, sin necesidad de aviso de ningún otro requisito y censaran todos sus afectos de acuerdo con el artículo ______ de la Ley Federal del Trabajo.

Decima cuarta. A base partes declaran que respecto a las obligaciones y drederec que mutuamente les corresponden y que no hayan sido motivo de clausura expresa en el siguiente contrato, se sujetan a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

Leído que fue el presente contrato por las partes firman al margen en la primera y al calce para constancia y aceptación, ante la presencia de dos testigos a los días.


Trabajador 

Nombre:________________________________.    Firma:___________________________
               

















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